Derecho para reglamentar la prestación de servicios de utilidad pública como pena sustitutiva de la prisión

Derecho para reglamentar la prestación de servicios de utilidad pública como pena sustitutiva de la prisión

Decreto permitirá que más de 5 mil madres cabeza de familia salgan de la cárcel

Aplicará a mujeres condenadas a penas igual o inferiores a ocho años por la comisión de delitos como hurto, hurto calificado, tráfico de estupefacientes, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, entre otros.

El Ministerio de Justicia de Colombia publicó el decreto 1451 del 4 de septiembre de 2023 que permitirá que más de 5 mil madres cabeza de familia salgan de prisión. Lo anterior, en búsqueda de la resocialización y la disminución de la privación de la libertad, como está establecido en el Plan Nacional de Política Criminal.

De acuerdo con lo conocido, ese beneficio aplicará a las mujeres condenadas a penas igual o inferiores a ocho años por delitos como hurto, hurto calificado, tráfico de estupefacientes, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, entre otros.

Para acceder a esto, las madres privadas de la libertad deberán cumplir con un servicio social que incluirá la recuperación de espacios públicos, apoyo a víctimas, protección animal, asistencia a comunidades vulnerables y otras actividades de utilidad pública.

De igual forma, el decreto del Ministerio dicta que las beneficiarias deben estar afiliadas al Sistema de Seguridad Social y al Sistema de Riesgos Laborales.

Además, el propio Ministerio de Justicia evaluará cada dos años el proceso y, en caso de incumplimiento, los jueces deberán tomar medidas en contra de las infractoras. El decreto también establece que el beneficio no aplicará para aquellas mujeres que estén condenadas por uso de menores para la comisión de delitos o por violencia intrafamiliar.

Decreto_1451_de_2023

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