1. CONCEPTO:
- Los hechos jurídicamente relevantes (HJR) son aquellos acontecimientos concretos de la realidad que, descritos de manera clara y verificable, permiten subsumir la conducta en un tipo penal y fundamentar la responsabilidad del indiciado o acusado.
- Son el punto de conexión entre la realidad fáctica y la norma penal.
- No basta narrar hechos en abstracto: deben tener trascendencia jurídica y estar probados o sustentados en elementos de conocimiento.
2. FUNDAMENTO NORMATIVO:
Constitución:
- Art. 29 CP: debido proceso, derecho de defensa y congruencia.
- Art. 250 CP: deber de la Fiscalía de adelantar investigación con base en hechos claros.
Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004):
- Art. 288 CPP: en la imputación, la Fiscalía debe comunicar los hechos jurídicamente relevantes que sustentan la vinculación.
- Art. 337 CPP: en la acusación, se deben indicar con precisión los hechos imputados.
- Art. 443 CPP: el juicio se desarrolla sobre los hechos de la acusación.
3. JURISPRUDENCIA RELEVANTES:
Corte Suprema de Justicia – Sala Penal:
- SP1162-2022 (Rad. 57666): la imputación debe contener hechos claros y verificables, su omisión afecta el derecho de defensa.
- SP1825-2025 (Rad. 58910): nulidad por violación del principio de congruencia si hay discrepancia entre los hechos de imputación, acusación y sentencia.
- SP1635-2025 (Rad. 61022): no basta enunciar elementos probatorios, es necesario traducirlos en hechos jurídicamente relevantes.
SP1811-2025 (Rad. 67792): en receptación, los hechos jurídicamente relevantes son las circunstancias objetivas que permiten inferir conocimiento del origen ilícito.
Corte Constitucional:
- C-025 de 2018: los HJR son indispensables para garantizar el derecho de defensa y el principio de congruencia.
- C-591 de 2005: el proceso penal se estructura en torno a hechos imputados, acusados y finalmente probados.
4. CARACTERISTICAS DE LOS HJR:
- Concretos: no son juicios de valor ni vaguedades, sino sucesos específicos.
- Circunstanciados: deben responder a las preguntas ¿qué, quién, cómo, dónde, cuándo, por qué?
- Pertinentes: deben estar vinculados con la configuración del tipo penal.
- Controlables: permiten a la defensa ejercer contradicción.
- Congruentes: deben coincidir en imputación, acusación y sentencia.
5. EJEMPLOS PRÁCTICOS:
Ejemplo 1 – Correcto HJR:
- “El 15 de junio de 2024, en Medellín, Juan Pérez ingresó a la vivienda de María Gómez, forzando la cerradura y apoderándose de un televisor de 50 pulgadas, sin autorización de la propietaria.”
👉 Hecho jurídicamente relevante: hurto calificado (art. 239–240 CP).
Ejemplo 2 – Incorrecto HJR (vago)
- “Juan Pérez participó en actividades ilegales relacionadas con hurtos en Medellín.”
👉 Hecho impreciso, no permite defensa ni congruencia.
6. CONSECUENCIAS PROCESALES DE SU OMISIÓN O DEFICIENCIA:
- Nulidad de la imputación o acusación por violación al debido proceso (art. 457 CPP).
- Exclusión de pruebas que no estén vinculadas con HJR.
- Incongruencia procesal si la acusación o sentencia introduce hechos nuevos no contenidos en la imputación → causal de nulidad (CSJ SP1825-2025).
- Debilitamiento de la defensa: impide preparar contradicción adecuada.
7. DIFERENCIA CON OTROS CONCEPTOS:
Categoría | Características |
---|---|
Hechos fácticos | Relato de lo sucedido, sin valoración jurídica. |
Hechos jurídicamente relevantes | Fácticos + conexos con el tipo penal (ej. violencia en un homicidio). |
Fundamentos jurídicos | Calificación normativa de los hechos (ej. homicidio doloso, art. 103 CP). |
8. CONCLUSIÓN:
Los hechos jurídicamente relevantes son la columna vertebral del proceso penal:
- Aseguran el respeto al principio de congruencia.
- Delimitan la defensa y la valoración judicial.
- Garantizan que las decisiones penales no se basen en conjeturas, sino en hechos claros, concretos y probados.
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