Corte confirma Tutela en favor de AUV

1. HECHOS RELEVANTES:

  • Álvaro Uribe Vélez fue procesado por soborno en actuación penal y fraude procesal.
  • El 1º de agosto de 2025, el Juzgado 44 Penal del Circuito lo condenó a 144 meses de prisión y multa, concediéndole prisión domiciliaria.
  • Sin embargo, el juez ordenó su captura inmediata para iniciar ejecución de la pena, a pesar de no estar en firme la sentencia.
  • La defensa interpuso tutela alegando violación de derechos fundamentales a la libertad, presunción de inocencia y debido proceso, pues la motivación de la captura era aparente y basada en razones vagas (ejemplaridad, percepción ciudadana, orden social).
  • El Tribunal Superior de Bogotá amparó su derecho a la libertad y dejó sin efectos la orden de captura inmediata.

2. PROBLEMA JURÍDICO:

  • ¿La orden de captura inmediata contra Álvaro Uribe Vélez, dictada en la sentencia de primera instancia (art. 450 CPP), cumplía con el estándar constitucional de motivación suficiente y razonable exigido para restringir la libertad antes de que la condena quedara en firme?

3. FUNDAMENTOS DE LA CORTE SUPREMA:

Estándar de motivación (art. 450 CPP + jurisprudencia):

    • La libertad es la regla preferente.
    • El juez solo puede ordenar captura inmediata si demuestra, con motivación clara, necesidad, proporcionalidad e idoneidad de la medida (CSJ STP5495-2023; CC SU-220-2024).
    • No basta invocar percepciones sociales, ejemplaridad o efectos disuasivos.

Análisis de la motivación del juzgado:

    • Alegó preservación de la convivencia, percepción ciudadana, riesgo de fuga por reconocimiento internacional y maniobras dilatorias.
    • La Corte consideró que:

      • Los argumentos eran vagos, abstractos e imprecisos.
      • No se probó riesgo de fuga ni dilaciones ilegítimas.
      • Se desconocieron aspectos favorables (arraigo, buen comportamiento, ausencia de antecedentes).
    • En conclusión: hubo motivación aparente y no un estudio serio de proporcionalidad.

Requisito de subsidiariedad:

  • Aunque existía apelación en curso, la Corte aceptó la tutela porque el recurso no era idóneo para proteger de inmediato la libertad, siguiendo precedente de la SU-220 de 2024.

4. DECISIÓN:

  • Confirmó el fallo del Tribunal que amparó la libertad de Álvaro Uribe Vélez.
  • Ratificó la improcedencia de otras tutelas acumuladas por falta de legitimación en la causa (ej. ciudadanos sin vínculo procesal).
  • Ordenó mantener en libertad a Uribe hasta que el Tribunal de Bogotá resuelva la apelación.

5. RELEVANCIA JURÍDICA:

  • Consolida el estándar de motivación en las órdenes de captura inmediatas del art. 450 CPP.
  • Afirma que no se puede restringir la libertad con argumentos de percepción social o ejemplaridad, pues ello equivale a un derecho penal de autor.
  • Fortalece el control constitucional frente a decisiones que afectan la libertad antes de sentencia ejecutoriada.
  • Reconoce la procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales en estos casos, aun existiendo apelación, cuando hay riesgo grave e inmediato sobre la libertad.

6. CONCLUSIÓN:

La STP14870-2025 marca un precedente clave:

  • Los jueces deben justificar con criterios objetivos y verificables la necesidad de captura inmediata.
  • La libertad sigue siendo la regla preferente, incluso tras una condena de primera instancia.
  • Se rechazan motivaciones aparentes o sociales que desnaturalicen el estándar constitucional.

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